¿Qué es el derecho a la sindicación ?
Es el derecho que tienen los trabajadores y patrones del sector privado y de las empresas del Estado a constituir, sin autorización previa, las organizaciones sindicales que estimen conveniente, con la sola condición de sujetarse a la Ley y a sus estatutos.
Se encuentra garantizado en las normas internacionales y nacionales, entre otros en los Convenios N° 87 y 98 de la OIT.
La Comisión de Expertos de OIT considera que la libertad de constituir organizaciones es el derecho sindical más importante y el elemento medular de las demás garantías consagradas en los Convenios 87 y 98.
Requisitos básicos:
SIN DISTINCIÓN
ALGUNA:
= aplicable a todas las categorías de
trabajadores y
de empleadores;
= no caben distinciones por razones
de profesión,
sexo, color, raza,
credo,
nacionalidad u opinión política;
=
excepción: los
derechos de las
fuerzas armadas
y la policía vendrán
determinados por
el Estado.
SIN AUTORIZACIÓN PREVIA:
= Los requisitos para la constitución de las
organizaciones y para su funcionamiento no deben tener por efecto coartar la
libertad sindical.
AFILIACIÓN LIBREMENTE ELEGIDA:
= Ni la normativa ni la práctica deben
menoscabar:
a) la estructura y la composición de la
organización;
b)
el pluralismo
sindical;
c)
la seguridad
sindical.
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