EL TRABAJO DECENTE EN EL PROGRAMA DEL FRENTE AMPLIO
La coyuntura nacional en
ámbito laboral presenta las siguientes particularidades que deben ser atendidas
por el Frente Amplio de cara a un cambio de régimen político:
1.- El modelo sindical
corporativo que tuvo un papel fundamental en la construcción del estado
pos revolucionario ha sido sustituido gradualmente, en un proceso de de
precarización del trabajo, por un modelo de inaplicación de derechos laborales
mediante la práctica del llamado “contrato colectivo de trabajo de protección”
que se celebra por el patrón con un sindicato de su elección y a espaladas de
los trabajadores. Actualmente conviven ambos modelos aunque el de inaplicación
es mayoritario, en perjuicio incluso de los sindicatos tradicionales.
2.- El 24 de febrero de 2017
se promulgó la reforma constitucional que crea un nuevo sistema de justicia
cotidiana laboral y promueve un nuevo esquema de registro para sindicatos y
contratos colectivos de trabajo, con el objetivo de promover prácticas
democráticas en el mundo del trabajo y en especial terminar con la práctica
nociva del contrato de protección.
Esta reforma es producto
entre otras cosas, producto de la presión internacional para que se sustituya
esa práctica por una en la que los trabajadores recuperen el derecho a la
libertas sindical.
3.- Producto de esta
reforma, en adelante, la justicia laboral cotidiana estará a cargo del Poder
Judicial, subsistiendo la distribución de competencias, local y federal.
Se crea un organismo público
descentralizado que tendrá a su cargo el registro y actualización de
organizaciones sindicales, el depósito de Contratos Colectivos de Trabajo para
todo el país y la conciliación en los asuntos del orden federal.
En el orden local se crean
organismos públicos descentralizados a cuyo cargo estará la conciliación.
4.- Esta reforma está en su
etapa de reglamentación secundaria sin que se conozca iniciativa alguna que cree
las normas e instituciones requeridas para ponerla en marcha.
Desde una perspectiva
política cobra especial relevancia la reglamentación de las nuevas
disposiciones contenidas en el último párrafo de la fracción XVIII del artículo
123 A Constitucional que establece que “Cuando se trate de obtener la celebración de
un contrato colectivo de trabajo se deberá acreditar que se cuenta con la
representación de los trabajadores”.
Lo
mismo ocurre con la recién incorporada fracción XXII bis del mismo artículo que
dice:
“XXII Bis. Los procedimientos y requisitos
que establezca la ley para asegurar la libertad de negociación colectiva y los
legítimos intereses de trabajadores y patrones, deberán garantizar, entre
otros, los siguientes principios:
a) Representatividad de las
organizaciones sindicales, y
b) Certeza en la firma,
registro y depósito de los contratos colectivos de trabajo.
Para la resolución de
conflictos entre sindicatos, la solicitud de celebración de un contrato
colectivo de trabajo y la elección de dirigentes, el voto de los trabajadores
será personal, libre y secreto. La ley garantizará el cumplimiento de estos
principios.
Con base en lo anterior,
para la elección de dirigentes, los estatutos sindicales podrán, de conformidad
con lo dispuesto en la ley, fijar modalidades procedimentales aplicables a los
respectivos procesos”.
Los partidos políticos que
han manifestado su interés en participar en el Frente Amplio coinciden en los
principios que promueve la reforma para el mundo del trabajo y en especial en
la promoción del Trabajo Decente:
El PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, en su DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS en su apartado correspondiente a Economía justa y equitativa manifiesta que:
"Defendemos
y promovemos el principio de trabajo decente, que sea productivo y socialmente
útil, que produzca un ingreso digno, seguridad en el lugar de trabajo y
protección social para las familias y mejores perspectivas de desarrollo
personal e integración a la sociedad. Además pugnamos por la libertad para que
la gente exprese sus opiniones, organización y participación en las decisiones
que afectan sus vidas, e igualdad de oportunidad y trato para todas las mujeres
y hombres”.
Por su parte los PRINCIPIOS DE DOCTRINA del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL en su capítulo dedicado al trabajo considera que:
“El trabajo es el espacio natural de la responsabilidad social, es medio
fundamental para la realización del ser humano y la satisfacción de sus
necesidades. Tiene como eje a la persona humana; no es una mercancía y tiene
primacía sobre el capital. El Estado debe asegurar que el sistema educativo
prepare a las personas, debe forjar condiciones propicias para la generación de
empleo estable, debe determinar un marco institucional y legal que ampare las
prestaciones de los trabajadores. Y debe desarrollar un sistema de protección
social para el desempleo. Debe detonar los valores de la sociedad activa.
El
trabajo humano debe organizarse en condiciones dignas que permitan una
aproximación progresiva de los trabajadores en las decisiones, beneficios y
capital de las empresas. La entera libertad en la organización de los
trabajadores en asociaciones y sindicatos es elemento fundamental para la
humanización de la vida laboral”.
De estos principios se
desprenden objetivos compartidos en pro de los principios y prácticas
democráticas a las que obliga la reciente reforma constitucional en materia
laboral.
Coinciden también estos
principios con los reclamos formulados por la Organización Internacional de Trabajo
en busca de un auténtico ejercicio de libertad sindical y, en especial, de la
erradicación de la práctica del contrato de protección, que excluye a los
trabajadores de la negociación colectiva.
Ante el silencio del
gobierno federal respecto de los mecanismos que habrán de ponerse en práctica
para la nueva justicia laboral en especial para una auténtica negociación
colectiva, los partidos promoventes de Frente Amplio deben convocar a los
sectores productivos, las instituciones, organizaciones de la sociedad civil y
la academia del mundo del trabajo a construir una propuesta de reglamentación
secundaria y de políticas públicas que se convierta en su propuesta
programática para la transición del actual modelo laboral corporativo y de
protección patronal.
La democratización del mundo
del trabajo es posible si se promueven medidas como:
· Que en
la actividad sindical, en los conflictos inter e intra sindicales y en
la negociación colectiva sean obligatorias prácticas como: elección democrática
de todos los representantes sectoriales, incluyendo a los integrantes de
órganos tripartitos; voto libre, secreto, universal, seguro y directo; respeto
a los derechos de las minorías, representación proporcional; equidad de género;
transparencia en la administración de recursos; revocación de mandato.
· Que los trabajadores puedan participar
libremente, con o sin sindicatos, en la elaboración, administración, revisión y
terminación del contrato colectivo de trabajo.
· Que para que un sindicato pueda solicitar la
firma de un contrato colectivo, agrupe de manera activa a una cantidad
representativa de los trabajadores a los que afectará el contrato.
· Que antes de depositarse ante la autoridad
laboral el contrato colectivo sea consensuado por una comisión mixta en la que
por ley los representantes de los trabajadores sean elementos en activo al
servicio del patrón incluyendo a quienes por su antigüedad conozcan a fondo la
materia de trabajo a regular y aprobado por la mayoría de los trabajadores de
la fuente o fuentes de trabajo.
·
Que los trabajadores promotores de la
negociación colectiva gocen de protección contra el despido y sólo se pueda
rescindir su relación de trabajo por causas graves.
· Que en un juicio para determinar la
titularidad de contrato colectivo la participación del patrón se limite a
proporcionar la información necesaria para determinar el padrón confiable de
trabajadores votantes.
· Que en la legislación secundaria se garantice la autonomía sindical y se sancionen
las prácticas antisindicales.
· Que por medio de todas las autoridades del
trabajo se promueva la cultura de la legalidad con orientación democrática en
el mundo del trabajo.
· Que los organismos que deben crearse con
motivo de la reforma constitucional cuenten con instancias de control
ciudadano.
Es necesario construir una
instancia de coordinación y deliberación de todos aquellos interesados en
aportar a la propuesta laboral del Frente Amplio, de donde
surjan las ideas de reglamentación secundaria y políticas públicas a
impulsar por los gobiernos y legisladores surgidos de dicho frente, en materia de Trabajo Decente.
PABLO FRANCO HERNÁNDEZ
CDMX JULIO DE 2017.
CDMX JULIO DE 2017.
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